¿El complemento de pagos es obligatorio?

El complemento de pagos o también llamado Recibo Electrónico de Pagos (REP) comenzó a ser obligatorio a partir del 1 de septiembre de 2018. Aunque desde hace algunos meses los contribuyentes tenían la opción de de emitirlos, fue a partir de septiembre que ha adquirido el carácter de obligatoriedad, después de varias prórrogas.

El complemento de pagos se había previsto en las modificaciones que se hicieron en la Tercera Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, y ha sido uno de los cambios que tendrá un mayor impacto debido al gran uso que se le dará, por ello es recomendable contar con un software contable que ayude al contribuyente en la generación de este nuevo proceso.

¿Cuál es el proceso para emitir el complemento de pagos?

Para que se pueda emitir el complemento de pagos se debe primero emitir una factura a la cual se asociará el complemento de pagos, dicha factura debe ser por el monto total de la operación, después se deberá emitir en CFDI con el complemento de pagos por cada uno de los ingresos que se reciban. El contribuyente deberá  emitir el complemento de pago en un plazo máximo de 10 días del mes siguiente a la fecha en la que se recibió el ingreso.

Es importante mencionar que dicho complemento también deberá realizarse cuando se reciba el pago por un producto o servicio en una sola exhibición y que ésta no se cubra al momento de expedir el CFDI, también en aquellos casos en las operaciones a crédito y se realice la liquidación en una fecha posterior a la emisión del CFDI.

Ventajas del uso del complemento de pagos

El Recibo Electrónico de Pagos tendrá importantes beneficios para los contribuyentes, quienes podrán usarlo como garantía jurídica, algunas de las ventajas de su uso son:

-Se evitará la duplicidad de ingresos en los pagos que se realicen por parcialidades.

-No habrá cancelaciones indebidas de facturas, por lo que ya no se podrán cancelar aquellas facturas que han sido liquidadas y evitar que se puedan deducir.

-Se llevará un mejor control y registro de los pagos, de tal manera que tampoco los clientes podrán deducir el gasto en caso de que no se haya liquidado el monto total de la factura.

-Habrá menos errores en la captura de pagos.

Aunque muchos contribuyentes se han pronunciado en contra de este proceso porque aseguran que se trata de un trámite más que tienen que realizar, en realidad es una mejora en los servicios fiscales.

This entry was posted in noticias and tagged . Bookmark the permalink.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *