Al realizar facturas electrónicas, suelen cometerse errores con impactos considerables, por lo que muchas personas se preguntan si es posible su cancelación. La respuesta es: sí, es posible cancelarlas, no obstante, es necesario que las facturas canceladas cumplan con algunos requisitos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y que están incluidos en el Código Fiscal de la Federación (artículo 29-A sexto párrafo) y en la Resolución Miscelánea Fiscal (Reglas 2.7.1.38 y 2.7.1.39).
¿Qué es la cancelación de facturas electrónicas?
La cancelación de facturas electrónicas puede efectuarse por los emisores de comprobantes fiscales, siempre y cuando exista una justificación, por ejemplo, por errores detectados. Es el SAT quien autoriza la cancelación de los CFDI ante múltiples circunstancias, lo que es benéfico tanto para personas físicas como morales.
Motivos y plazos para cancelar las facturas electrónicas
Ahora bien, hay varios motivos para cancelar un complemento de pago SAT que, según la autoridad fiscal, deben incluirse en la solicitud. Se trata de las siguientes:
- No se efectuó la operación.
- Comprobante emitido con errores con o sin relación.
- Operación nominativa relacionada en una factura global.
El plazo para efectuar la cancelación varía, pero, en cualquier caso, tiene que realizarse antes del 31 de enero del año en que fue expedido el comprobante fiscal digital por internet (CFDI).
Cabe mencionar que hay ciertos aspectos a considerar durante la cancelación, entre las que destacan:
- Los comprobantes de pago con errores pueden cancelarse si se reemplazan por otros que información correcta.
- Cuando haya errores en la clave del RFC del receptor del CFDI, cuya cancelación es posible si se reemplaza por otro con información correcta.
Proceso para cancelar facturas electrónicas
El proceso está incluido en el anexo 19 de la Miscelánea fiscal. En resumen, es el siguiente:
- El emisor tiene que enviar la solicitud al receptor del comprobante a eliminar, lo que se realiza a través de la página del SAT o con ayuda de expertos en certificación.
- Se debe señalar el motivo de la cancelación, lo que aplica para cualquier versión de CFDI.
- En casos donde se necesita la aceptación para cancelar el comprobante, su receptor recibirá un mensaje en el Buzón Tributario donde se notifica la existencia de la solicitud.
- Una vez notificado, el destinatario tendrá hasta 72 horas para aceptar o negar la cancelación y responder a través del Buzón Tributario.
- Si este plazo se supera y no hay respuesta del receptor, la autoridad fiscal considerará la cancelación como aceptada.
Considera esta información en tus cuentas por pagar a proveedores, al emitir las facturas y procura realizarlas adecuadamente para agilizar tus operaciones.